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Trabajamos activamente en la defensa de los derechos de las personas con autismo, promoviendo políticas inclusivas y combatiendo la discriminación.
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Conoce el proceso legal y nuestro rechazo a los acontecimientos generados ante la posible condición de autismo del Presidente de la República
La asociación de Padres y Amigos para el Apoyo y la Defensa de los Derechos de las Personas con Autismo, APADA del Ecuador.
Somos una sociedad civil sin fines de lucro creada bajo los parámetros que rige el Ministerio de Inclusión Económica y Social "MIES", en el acuerdo ministerial 0080 del 27 de marzo del 2013, cuyo domicilio legal es la ciudad de Quito
Todas las capacitaciones son de libre acceso y están disponibles en nuestro canal de Youtube o Facebook Page.
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Documento del Ministerio de Salud Pública del Ecuador que especifica un conjunto de normas y procedimientos diseñados para evaluar, reevaluar y otorgar reconocimiento oficial a personas que presentan discapacidades, deficiencias o condiciones discapacitantes. Este reglamento probablemente establece los criterios, requisitos y procesos que las personas con discapacidad deben seguir para obtener la acreditación oficial de su condición, lo que puede ser fundamental para acceder a servicios, beneficios y apoyos específicos.
Enlace
La Resolución de la Corte Constitucional No. 32, publicada el 16 de septiembre de 2021, declaró la constitucionalidad de la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, pero encontró vacios de inconstitucionalidad formal en las disposiciones relacionadas con el régimen de jubilación de docentes y el aumento de remuneraciones. La Corte otorgó a la Asamblea Nacional un plazo de treinta días para corregir estos problemas con estudios actuariales y análisis financiero. Mientras tanto, las disposiciones afectadas no tendrán vigencia.
La accesibilidad es fundamental para que las personas con discapacidad puedan vivir de manera independiente y participar en la sociedad en igualdad de condiciones, abarcando el acceso al entorno físico, transporte, información y servicios públicos. Este principio se basa en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y está respaldado por tratados internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Estos acuerdos establecen el derecho al acceso en igualdad de condiciones a funciones públicas y lugares y servicios públicos, sentando un importante precedente en los derechos humanos.
Históricamente, las personas con discapacidad eran vistas como beneficiarias de ayudas sociales, pero ahora se reconocen como titulares de derechos, especialmente en el ámbito educativo. La educación inclusiva se ha vuelto fundamental y está respaldada por acuerdos internacionales, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4. Sin embargo, a pesar de los avances, todavía existen problemas graves, con muchas personas con discapacidad privadas del derecho a la educación y otras que reciben una educación de calidad inferior en entornos segregados.
El Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en su Título I, establece las generalidades de este reglamento. Su principal objetivo es proporcionar directrices para la implementación de las normas establecidas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural, con el propósito de lograr los objetivos definidos constitucionalmente para el Sistema Nacional de Educación en el contexto ecuatoriano. Este reglamento es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades, organismos, instituciones y otros participantes en la comunidad educativa que forman parte y contribuyen al funcionamiento del Sistema Nacional de Educación.
Esta observación general destaca que los Estados deben garantizar la igualdad y prevenir la discriminación de las personas con discapacidad según la Convención. Sin embargo, se preocupa por la persistente adhesión a modelos obsoletos que no concuerdan con la Convención, lo que impide reconocer plenamente sus derechos. También señala que las leyes y políticas a menudo no abordan de manera efectiva la discriminación y pueden perpetuar la exclusión.
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